Agenda Laboral · Guía para trabajadores
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
La regla es simple: 30 días naturales por año completo, es decir, 2,5 días por cada mes trabajado. Mueve el selector y compruébalo:
Días devengados
Te corresponden15 días
Mínimo legal: 30 días naturales por año completo (2,5 por mes, art. 38 ET). Tu convenio puede mejorarlo o contarlo en días laborables.
Lo que conviene saber además del número
- No se pagan, se disfrutan — salvo al acabar el contrato, que van al finiquito.
- 2 meses de antelación mínima para conocer tus fechas.
- Baja o nacimiento en medio de tus vacaciones: esos días no se pierden.
- Tu convenio puede mejorar el mínimo (más días, o contarlos laborables).
Llévalas contadas todo el año
En la app marcas tus vacaciones y ausencias en el calendario y el contador anual te dice cuántos días llevas y cuántos te quedan — junto a tus turnos, tus horas y lo que ganas.
Descargar Agenda Laboral gratisPreguntas rápidas
- ¿Cuántos días de vacaciones me tocan por ley?
- Mínimo 30 días naturales por año completo trabajado (art. 38 ET), o la parte proporcional: 2,5 días naturales por mes. Muchos convenios lo mejoran o lo expresan en días laborables (22 laborables ≈ 30 naturales).
- ¿Me pueden pagar las vacaciones en vez de dármelas?
- No durante el contrato: es un derecho de descanso irrenunciable. La única excepción es al terminar el contrato, cuando los días devengados y no disfrutados se pagan en el finiquito.
- ¿Con cuánta antelación debo saber mis fechas?
- Al menos 2 meses antes del inicio del disfrute (art. 38.3 ET). El calendario se fija de común acuerdo conforme a lo que diga el convenio.
- ¿Las vacaciones caducan si no las cojo?
- La regla general es disfrutarlas dentro del año natural. Hay excepciones importantes: si coinciden con incapacidad temporal o con permisos de nacimiento, se conservan para disfrutarlas después, incluso terminado el año.
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Orientación general sobre normativa española (art. 38 ET) actualizada a 2026. No es asesoramiento legal.