Calculadora · LFT arts. 76, 78 y 80 · Gratis
Tus vacaciones dignas y tu prima vacacional
Escribe tu salario diario, tus años de servicio y el porcentaje de prima que te paguen (25% como mínimo). La calculadora saca tus días de vacaciones según la tabla vigente y cuánto vale tu prima vacacional.
Tu prima vacacional
- Días de vacaciones
- 12 días
- Pago de vacaciones
- $0.00
- Prima vacacional
- $0.00
- Total
- $0.00
El artículo 78 exige que al menos 12 de esos días se disfruten seguidos. Tu contrato puede dar más días o un porcentaje de prima mayor, nunca menos.
Cómo calcular tu prima vacacional
- Escribe tu salario diario.
- Escribe tus años completos de servicio en la empresa.
- Ajusta el porcentaje de prima si tu contrato da más del 25% mínimo.
- Consulta tus días de vacaciones, el pago de esos días y tu prima vacacional.
La tabla de vacaciones dignas (art. 76)
Desde la reforma vigente desde el 1 de enero de 2023, el primer año de servicio da derecho a 12 días de vacaciones, y suben 2 días por cada año hasta llegar a 20 en el quinto año. A partir del sexto año, suben 2 días cada 5 años de servicio.
Así, el año 1 son 12 días; el 2, 14; el 3, 16; el 4, 18; el 5, 20; del 6 al 10, 22; del 11 al 15, 24, y así sucesivamente. Además, el artículo 78 exige que al menos 12 de esos días se disfruten seguidos.
La prima vacacional: mínimo 25%
El artículo 80 de la LFT obliga a pagar, además del salario de tus días de vacaciones, una prima de al menos el 25% de ese salario. Por ejemplo, con un salario diario de $300 y 3 años de servicio (16 días de vacaciones), el pago de vacaciones es 300 × 16 = $4,800, y la prima vacacional, 25% de eso, $1,200: un total de $6,000.
Qué puede cambiar en tu caso
Tu contrato individual o el contrato colectivo pueden dar más días de vacaciones o un porcentaje de prima mayor al 25%, nunca menos. Si cambiaste de puesto o de empresa dentro del mismo grupo, revisa cómo cuenta tu antigüedad antes de usar el número de años que escribas aquí.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuántos días de vacaciones me tocan el primer año?
- 12 días, según el artículo 76 de la LFT reformado (vacaciones dignas, vigente desde 2023). Suben 2 días cada año hasta llegar a 20 en el quinto año.
- ¿Y después del quinto año?
- A partir del sexto año, los días de vacaciones suben 2 cada 5 años de servicio: 22 días del año 6 al 10, 24 del 11 al 15, y así sucesivamente.
- ¿Cuánto es la prima vacacional?
- Al menos el 25% del salario que te corresponde por tus días de vacaciones (art. 80 LFT). Tu empresa puede dar más, nunca menos.
- ¿Tengo que tomar todas mis vacaciones juntas?
- No todas, pero el artículo 78 exige que al menos 12 días se disfruten de forma continua.
- ¿Cómo llevo la cuenta de mis años de servicio y mis vacaciones?
- La app Agenda Laboral guarda tu fecha de ingreso y tus turnos en el iPhone, para que no tengas que recalcular tu antigüedad a mano cada año.